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sábado, mayo 2, 2026
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FUNCIONARIOS PÚBLICOS QUE SON CANDIDATOS TENDRÁN QUE TOMAR LICENCIA.

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Servidores públicos que aspiran a cargos para las elecciones de febrero tendrán que tomar licencia de sus funciones

El Ministerio de Administración Pública (MAP) emitió una circular en donde se establecen los lineamientos a seguir para la aplicación de suspensión en funciones o licencias especiales para candidatos a ocupar cargos de elección popular, que sean funcionarios o servidores públicos.

La circular firmada por el ministro de Administración Pública, Darío Castillo Lugo, señala que los candidatos a cargos municipales y congresuales, que ocupen cargos de alto nivel según lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley núm. 41-08. de Función Pública, los cuales son de libre nombramiento y cuya designación corresponde al presidente de la República, en su condición de jefe de gobierno, según lo dispuesto en el artículo 128 de la Constitución, serán sustituidos de manera interina mediante decreto del presidente de la República.

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