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viernes, abril 17, 2026
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Gobierno declara de emergencia nacional las compras y contrataciones en el sistema eléctrico

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El presidente Luis Abinader emitió el decreto 517-25, mediante el cual declara de emergencia nacional las compras y contrataciones de bienes, servicios y obras destinadas a incrementar la capacidad de generación eléctrica y fortalecer la estabilidad del Sistema Eléctrico Nacional Interconectado (SENI).

El edicto tiene fecha de emisión del pasado lunes ocho de septiembre.

«En el artículo 5. La declaratoria de estas compras y contrataciones de emergencia nacional tendrá una duración de doce (12) meses a partir de la entrada en vigor del presente decreto. Transcurrido dicho plazo, quedará extinguida de pleno derecho la situación de emergencia declarada mediante el presente decreto, salvo prórroga expresa otorgada mediante un nuevo decreto presidencial que la justifique», explica el escrito.

El decreto autoriza la incorporación de nuevas plantas de generación térmica de respuesta rápida, el desarrollo de sistemas de almacenamiento de energía a gran escala, la adquisición de equipos de distribución y medición, así como la ejecución de proyectos de rehabilitación y expansión de redes.

Además, se instruye a EDESUR, EDENORTE, EDEESTE, la Empresa de Generación Eléctrica Punta Catalina (EGEPC) y la Empresa de Generación Hidroeléctrica Dominicana (EGEHID) a gestionar estas contrataciones bajo el procedimiento de excepción por emergencia nacional, a través del Portal Transaccional de Contrataciones Públicas.

«Todos los procesos dispuestos en el artículo primero del presente decreto deberán ejecutarse con la claridad que amerita la situación de emergencia, con el objetivo de dotar al Sistema Eléctrico Nacional interconectado (SENI) de capacidad adicional firme, flexible y de rápida respuesta, que agrantice la continuidad y estabilidad del suministro de electricidad a nivel nacional», dice el documento presidencial.

decreto-517-25-1

El mandatario también designó al Gabinete Eléctrico como la instancia coordinadora y de supervisión de la ejecución de las medidas, que deberán ser reportadas a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas.

«En el artículo 6 se designa formalmente un Gabinete Eléctrico como la instancia de coordinación de la aplicación del presente decreto y de la supervisión de las contrataciones que se realicen en el marco del mismo, quien deberá rendir los informes de rigor al Poder Ejecutivo y a los órganos de control interno y externo del Estado respecto de las ejecutorias implementadas y sus resultados, debiendo por igual difundirlos a través de los portales institucionales habilitados al efecto, a más tardar dentro de los 15 días calendarios después de satisfecha la necesidad provocada por
la situación de emergencia», detalla el edicto.

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