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jueves, agosto 27, 2026
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Imponen dos meses de prisión preventiva a “Nino Dólar” por accidente mortal

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La Cuarta Sala del Tribunal de Tránsito del Distrito Nacional impuso dos meses de prisión preventiva contra Carlos José Troche Rodríguez, conocido como “Nino Dólar”, imputado por un accidente de tránsito en el que murieron dos personas y otra resultó lesionada.

El tribunal dispuso que Troche Rodríguez cumpla la medida de coerción en la cárcel pública de Cotuí, tras acoger la solicitud presentada por fiscales del Departamento de Crímenes y Delitos contra la Persona, área de Homicidios. La decisión fue reportada este jueves por medios nacionales, entre ellos CDN37.

La prisión preventiva es una medida de coerción, no una condena. El imputado conserva la presunción de inocencia hasta que exista una sentencia definitiva.

El accidente investigado

El caso está relacionado con un siniestro vial ocurrido el 15 de agosto en la intersección de las avenidas Abraham Lincoln e Independencia, en el Distrito Nacional.

De acuerdo con la imputación del Ministerio Público, Troche Rodríguez habría provocado la muerte de Wilmer Ernesto Rodríguez Silverio y de su hija Wilkaren Massiel Rodríguez Batista, así como lesiones a Arianna Michelle Ciprián.

La acusación sostiene que el imputado conducía una yipeta y habría cruzado en rojo un semáforo antes de impactar la motocicleta en la que se desplazaban las víctimas. Esa versión corresponde a la solicitud de medida de coerción y deberá ser probada en las etapas correspondientes del proceso.

Qué decidió el tribunal

El tribunal acogió parcialmente la solicitud del Ministerio Público al imponer dos meses de prisión preventiva. La medida deberá ser revisada en octubre y que el imputado permanecerá recluido en la Fortaleza de Cotuí durante ese período.

La decisión se produce después de que el caso fuera conocido por el tribunal especializado en materia de tránsito, luego de una declinatoria previa desde la Oficina de Atención Permanente del Distrito Nacional.

Por qué el caso pasó a tránsito

La solicitud de medida de coerción fue presentada inicialmente ante el Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional.

Sin embargo, el juez Rigoberto Sena declinó el conocimiento del proceso a favor del tribunal de tránsito, al considerar que se trataba de un hecho vinculado a un accidente vial.

Esa decisión generó debate público, especialmente entre familiares de las víctimas y su representación legal, por la gravedad de los hechos imputados y por el tipo penal invocado por el Ministerio Público.

La imputación del Ministerio Público

El Ministerio Público sostiene que Troche Rodríguez debe responder por homicidio agravado y por las lesiones ocasionadas a una tercera persona.

Reportes previos indican que el órgano acusador invocó el artículo 112, párrafo I, de la Ley 74-25, que modifica el Código Penal dominicano y se refiere a atentados culposos contra la vida.

Según la instancia de coerción, el Ministerio Público atribuye al imputado haber impactado a las víctimas y no detenerse después de la colisión. Esa imputación forma parte de la versión del órgano acusador y deberá ser contrastada durante la investigación y el eventual juicio.

Las víctimas

Las víctimas mortales del accidente fueron Wilmer Ernesto Rodríguez Silverio y su hija Wilkaren Massiel Rodríguez Batista.

También resultó lesionada Arianna Michelle Ciprián, según los reportes sobre la solicitud de medida de coerción presentada por el Ministerio Público. El caso ha generado amplia atención pública por la relación familiar entre las víctimas, las circunstancias atribuidas al siniestro y el debate sobre la calificación jurídica de hechos graves ocurridos en el tránsito.

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